La Agencia Andaluza de la Energía, elabora una publicación digital “Guía para el fomento del autoconsumo en los municipios andaluces”, para que ayuntamientos y entidades locales fomenten esta tecnología renovable de autoproducción de electricidad en sus localidades.
Una de las principales cuestiones es la necesidad de simplificar trámites municipales, como la obtención del permiso o licencia de obra, e incluir bonificaciones de impuestos o beneficios fiscales.
La Agencia Andaluza de la Energía señala en esta guía, el papel que tienen los ayuntamientos y entidades locales y cómo éstos pueden promocionar el autoconsumo, promoviendo instalaciones en sus propios edificios municipales y como facilitar a aquellas instalaciones realizadas por los ciudadanos y empresas del municipio, simplificando trámites administrativos y mediante bonificaciones fiscales.
El autoconsumo ha venido para quedarse. La producción de electricidad para consumo propio, si se realiza con energías renovables principalmente fotovoltaica, ofrece beneficios medioambientales a los municipios -mediante la reducción de emisiones contaminantes-, ahorro energético y económico en la factura eléctrica, así como el desarrollo de un tejido empresarial asociado a la misma.
Lo que se dice en esta guía es Sustitución de licencia de obra por declaración responsable.
Una de las principales trabas en la ejecución de una instalación en autoconsumo la obtención del permiso o licencia de obra ante un ayuntamiento. Por eso,se habla de la necesidad de que administraciones locales revisen sus ordenanzas urbanísticas para hacer efectiva la reciente simplificación normativa efectuada por la Junta de Andalucía, por la que una gran parte de las instalaciones de autoconsumo ya no requerirían de licencia de obras municipales.
Así, a través del Decreto-ley 2/2020 de mejora y simplificación de la regulación para el fomento de la actividad productiva de Andalucía, aprobado el pasado mes de marzo por el Gobierno andaluz para simplificar procedimientos y eliminar barreras para mejorar la actividad productiva y el desarrollo económico, la Junta ha modificado la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, habilitando la posibilidad de sustituir la licencia de obras municipal por una Declaración Responsable o Comunicación Previa para aquellas instalaciones que no requieran proyecto edificativo y que se realicen sobre edificios existentes en suelo urbano consolidado, siempre que se ajusten a la ordenación urbanística y que no se superen la altura de la edificación.
Esto eximiría a la gran mayoría de instalaciones en autoconsumo en edificios de solicitar licencia de obras, la cual se sustituye por una comunicación previa de obra al ayuntamiento. Eso sí, cada administración local podrá incluir las excepciones que considere necesarias, en función de dónde se ubique la instalación, como bienes inmuebles catalogados o ambientes protegidos.
De esta manera, un ayuntamiento puede contribuir tanto a agilizar el procedimiento administrativo como a fomentar el desarrollo del autoconsumo en su municipio.
Bonificaciones fiscales y adecuado dimensionamiento de las instalaciones
Dentro del marco del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, cada administración local puede definir aquellas bonificaciones fiscales que crea más convenientes en sus ordenanzas fiscales exigiendo a las instalaciones el cumplimiento de determinados condicionantes. Por ejemplo, pueden incluir bonificaciones en el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) de hasta un 50%; en el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) de hasta el 95% o en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) de hasta el 50%. Este es otro de los aspectos que se destacan por la Agencia de la Energía en su Guía para que el autoconsumo sea impulsado desde la administración local.